La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un duro golpe a la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo, al declarar inconstitucionales las facultades que se le habían otorgado para espiar comunicaciones privadas y solicitar la geolocalización de ciudadanos en tiempo real sin reglas claras.

Este martes, el Pleno de la Corte determinó que el Congreso de Quintana Roo se extralimitó al concederle a esta fiscalía especializada atribuciones que violan la Constitución.
La resolución invalidó la capacidad de la Fiscalía Anticorrupción para solicitar a un juez la intervención de llamadas o mensajes. El ministro Arístides Guerrero, en su proyecto, advirtió que esta facultad corresponde exclusivamente al titular del Ministerio Público (como la Fiscalía General de la República o las fiscalías generales de los estados), y no puede delegarse a mandos intermedios de una fiscalía especializada.
De igual manera, la Corte anuló la facultad de solicitar la geolocalización en tiempo real, argumentando que la ley local era vaga, no definía los delitos ni las situaciones de urgencia que la justificarían, atentando así contra la privacidad y la seguridad jurídica.
La SCJN también invalidó otras dos facultades: la de imponer medios de apremio (multas, arrestos o uso de la fuerza pública) en materia penal, señalando que solo el Congreso de la Unión puede legislar al respecto; y un régimen de sanciones administrativas internas que, al no definir la gravedad de las faltas ni la autoridad competente, abría la puerta a la arbitrariedad.
Esta decisión envía un mensaje claro a todas las fiscalías anticorrupción del país: el combate a la corrupción no da derecho a vulnerar la privacidad ni a operar fuera del orden constitucional.




















































